miércoles, 26 de marzo de 2014

UNIPAC -Taller de Lectoescritura Universitaria / Presentación Proceso Jurídico










UNIPAC -Taller de Lectoescritura Universitaria / Ficha Técnica

Milagros Inesperados
Títulos
       Milagros Inesperados Estreno (Argentina)
·         The Green Mile Original (Estados Unidos)

Ficha
Dirección
·         Frank Darabont

Interpretes

·         Tom Hanks
·         Michael Clarke Duncan
·         David Morse
·         Bonnie Hunt
·         James Cromwell
·         Michael Jeter
·         Graham Greene
·         Sam Rockwell
·         Harry Dean Stanton
·        

Producción
·         Frank Darabont
Guion
·         Frank Darabont
·         Stephen King
Género: Drama
Duración: 188min.
Calificación: Mayores de 13
País de origen: EEUU
Año de Realización: 1999


UNIPAC -Taller de Lectoescritura Univercitaria / Proceso Jurídico

PROCESO JURIDICO
            La palabra “proceso” es un término empleado para hacer referencia a una serie de pasos que arrojan al final un resultado. Romero García (2012)
Así como se menciona el procesos es simplemente el paso que se da al tener un desacuerdo o inconformidad de una de las partes, este acciona cuando una de las partes no está satisfecha aun así esta tenga o no sea acreedor del derecho subjetivo, el proceso es la serie de pasos a seguir donde al final se obtendrá un resultado ya sea satisfactorio o no para la parte afectada. El proceso solo se puede llevar acabo cuando ha existido un previo litigio, ya en el proceso se provocaran situaciones de enfrentamiento para que ambas partes se les permita abogar[1] y defiendan sus intereses relatando lo que mejor les convenga.

Cipriano Lara (2000)  señala que…El litigio es un conflicto de intereses, donde existe la pretensión por una parte y la resistencia por otra.
El litigio es simple y sencillamente el pleito, dado por un desacuerdo por así decirlo donde ambas partes abogan sus intereses con el fin de cumplir y satisfacer su pretensión,
Al convivir y desarrollar sus actividades cotidianas, las personas se entrelazan en una serie de relaciones con otros individuos, que por lo general derivan en acuerdos de voluntades, mismos que podemos materializar en documentos como los contratos o los convenios. Romero (2012)
Aquí se da por hecho que el litigio puede darse en diversas formas si dejar de lado que este siempre será un desacuerdo donde existe intereses involucrados precisamente por las partes, solo se le puede llamar litigio a una controversia resuelta por intervención judicial. Pará que un conflicto sea verdaderamente un litigio, es necesario que una de las partes exija que la otra sacrifique sus intereses al de ella, y la segunda oponga resistencia a la pretensión del primero. “Pretensión” Es la exigencia de la subordinación[2] del interés ajeno al interés propio. Un litigio, como se ha dicho, es el antecedente de un proceso, por tal razón es frecuente que estos dos términos se confundan o se asimilen.
Así como Romero (2012) opina que… Un conflicto de intereses será un litigio, la forma de componer y, en su momento, la solución de dicho litigio será a través de un proceso. La acción será el medio para iniciar un litigio.
Este es un concepto claro de la relación y diferencia en litigio y procedimiento un litigio es el desacuerdo por la contraposición de los intereses involucrados, mientras que el procedimiento son diversas acciones o pasos, que tienen como último fin dictar una sentencia; mediante ésta se busca dirimir[3] una controversia.
           
La auto tutela es la primera de las tres formas que hay para resolver la conflictiva social. Existen cinco formas auto tutelares que se encuentran reglamentadas por nuestro sistema jurídico. Legítima defensa penal, Estado de necesidad, Derecho sancionador de los padres, Aborto por causa de violación, Huelga por derecho del trabajador. Estos tipos de autodefensa entre otros siempre están ligando con la defensa personal o de los mismos bienes al encontrarse en sumo riesgo.
Según Romero (2012) La autodefensa, como forma de solucionar un conflicto, se actualiza cuando los sujetos, sean personas físicas o jurídicas intentan resolver el problema mediante una acción directa, es decir, haciendo justicia por propia mano.  
Ejemplo claro de una de las formas más comunes para resolver un conflicto este es dado cuando una persona es víctima de un atentado directo exactamente en el lugar, tiempo y hora que se mira afectada la persona puede defenderse ya aun sea que la acción hubiese contraído daños graves al atacante.

            La división de etapas del proceso se divide en 2 grandes e importantes grupos el primero que es la instrucción y el segundo y final juicio, La instrucción, es toda una primera fase de preparación por eso se llama instrucción porque permite al juez o tribunal la concentración de todos los datos, elementos y pruebas, afirmaciones y negativas y las deducción de todos los sujetos interesados, de esa manera se califican de la siguiente manera.

            Instrucción: Momento en el que se acciona el aparato jurisdiccional.
·         Etapa postulatoria, es la etapa donde las partes del proceso plantean sus pretensiones y resistencias, relatan los hechos, exponen lo que conviene a sus intereses y aducen los fundamentotos de derecho que consideran favorables.
·         Etapa probatoria: El ofrecimiento es un acto de las partes. Son las partes las que ofrecen al tribunal los diversos medios de prueba: documental, testimonial, confesional de la contraparte, etc. La preparación consiste en el conjunto de actos que debe realizar el tribunal, con la colaboración muchas veces de las propias partes y de los auxiliares del propio tribunal.
·         Etapa preconclusiva: En los procesos civiles las partes formulan alegatos Los alegatos o conclusiones son una serie de consideraciones y de razonamientos que la parte hace al juez precisamente respecto del resultado de dos etapas ya trascurridas, a saber, la postulatoria y la probatoria.
·         Juicio: Tribunal dicta sentencia[4], la etapa del juicio puede ser larga o corta y simple o complicada.

Todo proceso arranca de un presupuesto litigio el cual se desenvuelve a lo largo de un recorrido procedimiento y percibe alcanzar una sentencia y de la cual deriva un complemento (Ejecución).
La primera de las etapas que es instrucción consta de 3 instrumentos:
Postulatoria, Probatoria, Preconclusiva, como ya lo hemos mencionado en la etapa probatoria se desenvuelve en 4 momentos que son el ofrecimiento de pruebas, la admisión de pruebas, la preparación de las pruebas y finalmente el desahogo de las pruebas.
Ofrecimiento de pruebas, En este momento de la etapa probatoria, el Juez califica la procedencia de las pruebas ofrecidas, aquí se debe de tomar en cuenta la utilidad de los medios ofrecidos, así como el hecho de que se hayan ofrecido en el plazo indicado, las pruebas deben ofrecerse expresando con toda claridad cuál es el hecho o hechos que se tratan de demostrar con las mismas así como las razones por los que el oferente estima que demostrarán sus afirmaciones.
Admisión de pruebas, La prueba será admisible, Los documentos deberán ser presentados al ofrecerse la prueba documental, Después de ese período no podrán admitirse sino los que dentro del término hubieren sido pedidos con anterioridad.
Preparación de pruebas, Participan el órgano jurisdiccional las partes y algunos terceros, se da la citación de peritos y testigos, se formulan interrogatorios o pliegos de posiciones, se fijan fechas para la celebración de audiencias.
Desahogo de las pruebas, en este momento se da cuando ya se han ofrecido y admitido las pruebas presentadas, según el medio de prueba del que se trate así será el trámite y la naturaleza de los actos: preguntas a partes y testigos, cuestionarios realizados a peritos y respuesta de estos; así como visita del Juez a lugares mencionados en las pruebas.

La “instancia” es una conducta del sujeto de derecho frente al Estado, frente a los órganos de autoridad, por la cual el particular o sujeto de derecho informa, pide, solicita o de cualquier forma excita o activa las funciones de estos órganos, estos se presentan de las siguientes formas.
Petición Es aquel derecho que tiene toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes.
            Denuncia Es la comunicación que hace una persona al Ministerio Público, las Policías o al Juez  acerca de un hecho o falta de la que se ha sido testigo.
            Querella La querella es un acto procesal consistente en una declaración de voluntad dirigida al órgano jurisdiccional competente, por la que el sujeto de la misma.
Queja Es la manifestación a autoridades de inconformidad expresada por un consumidor respecto de un producto, personal o servicio adquirido.

Como lo menciona Romero (2012) “Nulidad de un proceso” se refiere una problemática en un proceso existente, válido en apariencia y que, sin embargo, puede estar sujeto a un examen ulterior[5] respecto a su validez en otro proceso.
 La nulidad es una sanción consistente en la privación legal de un acto jurídico la “nulidad procesal” cuando un acto jurídico está afectado de algún grado de ineficacia y, por su defecto, no puede ser válido La nulidad, como tal, puede ser planteada en situaciones diversas.

















Gómez, Lara, Cipriano. (2000) Teoría general del proceso, Litigio. Recuperado el (30) (Septiembre) en (https://skydrive.live.com/?cid=66676ec2adc0a295#!/view.aspx?cid=66676EC2ADC0A295&resid=66676EC2ADC0A295%21179&app=WordPdf)

Romero, García, Lucila, (2012) Teoría General del Proceso, Auto tutela formas que subsisten. Recuperado el (30) (Septiembre) en (http://etac.edu.mx/bibliotecasdigitales/pdf/Derecho_y_ciencias_sociales/Teoria_general_del_proceso.pdf)
Romero, García, Lucila, (2012) Teoría General del Proceso, El litigio. Recuperado el (30) (Septiembre) en (http://etac.edu.mx/bibliotecasdigitales/pdf/Derecho_y_ciencias_sociales/Teoria_general_del_proceso.pdf).
Romero, García, Lucila, (2012) Teoría General del Proceso, Introducción. Recuperado el (30) (Septiembre) en (http://etac.edu.mx/bibliotecasdigitales/pdf/Derecho_y_ciencias_sociales/Teoria_general_del_proceso.pdf).
Romero, García, Lucila, (2012) Teoría General del Proceso, Nulidad de un proceso. Recuperado el (30) (Septiembre) en (http://etac.edu.mx/bibliotecasdigitales/pdf/Derecho_y_ciencias_sociales/Teoria_general_del_proceso.pdf)
Romero, García, Lucila, (2012) Teoría General del Proceso, relación y diferencia entre proceso y litigio. Recuperado el (30) (Septiembre) en (http://etac.edu.mx/bibliotecasdigitales/pdf/Derecho_y_ciencias_sociales/Teoria_general_del_proceso.pdf)









[1] Interceder, hablar en favor de alguien o de si mismo
[2] Dependencia de una persona o una cosa respecto de otra o de otras, por las que está regida o a las que está sometida.
[3] Acabar o resolver un desacuerdo o una discusión.
[4] Dictamen o parecer que alguien tiene o sigue.
[5] Que está a continuación o más allá de algo

UNIPAC -Taller de Lectoescritura Univercitaria / Ensayo Delincuencia Infantil

Delincuencia Infantil

La delincuencia[1] Infantil es una de las problemáticas sociales que ha tenido nuestra sociedad[2], una de las más preocupantes, este acontecimiento ha dado lugar  a que estos infantes sean delincuentes a muy temprana edad, ocasionando así escándalo en la sociedad; sin darnos cuenta que son diversas las causas que los influyen y los conllevan a ello, siendo nosotros mismos, la sociedad, la principal causante de ello.
Uno de los factores que intervienen para que un menor practique la delincuencia, es la familia.
La familia es la principal fuente de educación que el infante recibe; tal como lo menciona Gerardo (2006) “acepta que el mejor conocimiento de un tema cualquiera es aquel que más fielmente lo reproduce o lo repite”. Ya que la familia es el principal patrón que sigue el niño, es muy probable que los actos de delincuencia sea un conocimiento adquirido por sus mismos padres y por consiguiente este llega a repetirlo, según estudios realizados, se cree que un niño que fuera creado en una familia con actos de delincuencia , aprenderá modelos antisociales de conducta, los cuales a su vez enseñara a sus propios hijos, estos niños provienen de familias disfuncionales donde generalmente son sometidos a malos tratos tanto físicos como psicológicos y también a abusos, hasta que se convierten en personas altamente peligrosas, resentidas y violentas.
Los padres del niño es el lazo más fuerte que puede encontrar por ello este sigue los mismos ejemplos: es otro caso totalmente diferente la delincuencia puede ser un acto realizado por la poca atención de los mismos, realizando el niño estos actos con el fin de llamar su atención.
 La importancia que tiene la familia en la sociedad es decir no solo cumple con el papel formativo, también debe mantener en equilibrio los factores económicos, sociales y afectivos.
Otro de los factores que pueden llevar al infante a un acto delictivo, es su tipo de situación económica en la que se encuentra, debido a la necesidad que tenga, puede que este cometa el acto para mantener su bienestar, la situación económica es uno de los factores más lógicos para que el infante realicé un acto, pues al no tener los ingresos necesarios para poder pagar sus estudios es muy probable que no los llegue a terminar sus estudios y por consiguiente  ocasionando así que este no pueda realizarse como persona y de tal manera este no  tendrá conciencia sobre sus actos.
Así también encontramos otra de las causas probablemente descartada por creer ser la menos responsable, siendo esta una muy importante en influir en el menor para verse en situaciones comprometedoras es la sociedad.
La simple integración a la misma puede ser un problema para el niño ya que si no es aceptado, o llega a ser agradecido por la misma el actuara de forma agresiva e incluso violenta para su defensa. Este aspecto es central e influye en forma decisiva sobre su desarrollo cultural.
“De hecho, se pueden generar en forma conjunta entre aprendices y enseñantes” Gerardo (2006) La sociedad es el segundo lugar donde el niños crean un vehículo con los demás donde se genera otra forma de aprender, en este caso se puede decir que el rechazo social es el aspecto involucrado donde los niños pueden tomar decisiones equivocadas con el fin de integrarse a un grupo y sentirse integrados e identificados en él, llegando a encontrar un vehículo de amistad con personas mayores que él, quedando así totalmente vulnerable y en peligro de aprender actos delictivos aún más graves.
Creo que esto tendría una posible solución o bien prevenir la misma; Para poder prevenir o hasta solucionar eficazmente la delincuencia infantil es necesario que toda la sociedad procure un desarrollo armónico de los niños y respete y cultive su personalidad a partir de la primera infancia. En el ámbito familiar, una de las posibles soluciones está en asesorar psicológicamente a la familia en relación con los cambios emocionales de los hijos y el rol que la educación tiene en ellos. Esta es, principalmente importante en el desarrollo moral e intelectual de la juventud, esta es una muy importante puesto que  la educación está intrínsecamente ligada con el desarrollo moral, ya que esta prevé una mala conducta que pueda estar relacionada con un infante. Por otro lado, puede brindarse apoyo institucional a través de centros de rehabilitación estatales que apliquen un reglamento basado normas de conducta, control de sus actos, y motivación, De igual manera, el trabajo comunitario brindaría apoyo social y económico a los jóvenes que más lo necesitan, ya que, como ya se había mencionado, muchas veces la necesidad es un factor de la delincuencia.


Defez, Cerezo, Carmen. Delincuencia Juvenil. Recuperado el (22) (septiembre) en (http://iugm.es/uploads/tx_iugm/TRABAJO_CURSO_IUGM.pdf).
Gerardo (2006)Paradigmas en psicología de la educación. México.
Carlos, Vázquez, González. Teorías criminológicas sobre delincuencia juvenil. Madrid. Recuperado el (22) (septiembre) en (http://www.uned.es/dpto_pen/delincuencia-juv/documentos/delincuencia/teorias-criminologicas.pdf)



[1] conjunto de actos en contra de la ley, tipificados por la ley y merecedores de castigo por la sociedad.
[2] Comunidad de personas organizadas

martes, 25 de marzo de 2014

UNIPAC -Introducción al Derecho / Glosario

1.    ABDICACIÓN: Renuncia que un rey o emperador hace de sus derechos como tal, personalmente o en nombre de la dinastía a que pertenezca.
2.    ABROGACIÓN: Del latín abrogativo, del verbo abrogare abrogar, anular. Es la supresión total de la vigencia y, por lo tanto, de la obligatoriedad de una ley.
3.    ABSOLVER: Dictar sentencia absolutoria.
4.    ACCESION: Un modo de adquirir la acesoria por pertenecernos la cosa principal.
5.    ACCIONAR: Ejercer el derecho procesal de acción.
6.    ACTO: Manifestacion de voluntad o de fuera.
7.    ACTO ILICITO: Conducta que viola deberes prescritos en una norma jurídica
8.    ACTO JURÍDICO: Es la manifestación de voluntad de una o más personas, encaminada a producir consecuencias de Derecho
9.    ACTO LEGISLATIVO: Acto realizado por un órgano de esta naturaleza encaminado a la creación del derecho positivo.
1. ADJUDICACIÓN: En términos generales, acto judicial consistente en la atribución como propia apersona determinada de una cosa, mueble o inmueble, como consecuencia de una subasta o partición hereditaria, con la consiguiente entrega de la misma a la persona interesada.
1. ADQUISICIÓN: Acto o hecho en virtud del cual una persona adquiere el dominio o propiedad de una cosa -mueble o inmueble- o algún derecho real sobre ella. . Significa también cosa adquirida.
1. AGRESIÓN: Acometimiento realizado por una o varias personas contra otra u otras con el fin de dañar su integridad física.
1. AMPARO: Juicio o recurso que se interpone ante un Tribunal Federal para que se reconsidere o se deje sin efecto un acuerdo o una sentencia dictados por una autoridad cuando se considera que se han violado derechos o garantías individuales, se encuentra establecido por los artículos 103 y 107 Constitucionales.
1. ARBITRAJE: La acción o facultad de arbitrar y el juicio arbitral.
1. ARGUMENTACION: Acción de argumentar, también el propio argumento.
1. ARRENDATARIO: El que toma una cosa en arrendamiento.
1. ARTICULADO: Conjunto o serie de artículos de una ley  o reglamento.
1. BENEFICIARIO: Quien goza de unterritorio, predio o usufruto.
1. BIENES: Aquellas cosas de que los hombres se sirven y con los cuales se ayudan.
2. BILATERAL: Lo que consta de dos o mas partes.
2. CANSELACION: Anulacion de un instrumento publico.
2. CARGO: Responsabilidad que se atribuye a alguien.
2. CASO: Cualquier suseso o acontecimiento.
2. CODIFICACION: La reunion de las leyes de un Estado.
2. CODIGO: Del latin codex con varios significaciones.
2. COACTIVO: Forma matrimonial de la antigua roma.
2. COERCION: Del latin coercio de coersere, contener la accion de contener o reflenar algun desorden
2. COLECTIVISMO: Sistema economico social.
2. COMUNIDAD: Derecho cuya titularidad pertenece a más de una persona.
3. CONTRATO: Acuerdo celebrado entre dos o más personas por medio del cual se imponen o se transfieren una obligación o un derecho.
3. CONYUGE: Cualquiera de los esposo (marido y mujer) con relación al otro.
3. COSTUMBRE: Práctica muy usada y recibida que ha adquirido fuerza de precepto. Normas jurídicas no escritas, impuestas por el uso.
3. COTIZACION: Precio de mercado en el que se oferta un bien o derecho; precio de una prima; también se califica como tal el aporte contributivo a un organismo público.
3. DAÑO: El sentido amplio de toda suerte de mal o moral.
3. DECLARACION: Declaracion o efecto de declarar.
3. DECRETO: Resolucion o mandato, decision de una autoridad.
3. DELIBERACION: Accion o efecto de deliberal.
3. DEMANDA: Peticion, solicitud, suplica, ruego.
3. DICTAMEN: Documento o declaración verbal que el perito produce ante el Juez que conoce del litigo, y en el que consta su juicio sobre los puntos que le fueron sometidos.
4. DOGMA: Posicion o principio que se establece como base sierta de una creencia.
4. DOLO: Maniobra o maquinación de mala fe de que alguien se sirve para engañar a otro o llevarlo a consentir un acto en su contra.
4. ENAJENACION: Transmisión autorizada legalmente de una cosa o un derecho de la persona que la posee a otra que la adquiere.
4. ESTADO: situacion en la que se encuentra una persona.
4. EQUIDAD: Igualdad; valor que afianza la justicia; justicia natural, por oposición a la norma jurídica escrita.
4. EXONERACION: Dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria concedida por el Ejecutivo Nacional en los casos autorizados por la ley.
4. EXHORTO: Es una comunicación escrita que un Juez dirige a otro de igual categoría, aunque de diferente competencia territorial, para pedirle su colaboración cuando deben practicarse diligencias judiciales fuera del territorio jurisdiccional del Juez que lo solicita.
4. EXTRADICIÓN: Es el acto mediante el cual un Estado hace entrega de una persona que se halla en su territorio, a otro Estado, que la reclama por tener ahí el carácter de inculpada, procesada o sentenciada por la comisión de un delito a fin de que sea sometida a juicio, o bien, recluida para cumplir con una pena.
4. FRAUDE: Acto de mala fe por medio del cual se engaña a alguien y se obtiene una ventaja o un lucro indebido.
4. FISCAL: En cuanto adjetivo, perteneciente al fisco o horario público.
5. FRAUDE: Sentido general de engaño, abuso de confianza.
5. HACIENDA: Patrimonio, conjunto de bienes de una persona.
5. HECHOS: Enjuiciamiento civil.
5. HIPOTECA: Garantía que otorga el deudor a su acreedor, de carácter formal, que se constituye sobre un bien inmueble.
5. HOMOLOGACION: Aprobación, consentimiento, rectificación del convenio para su debida eficacia.
5.  IDONEO: Persona o cosa que es apta o capaz para producir determinados efectos jurídicos.
5. IMPEDIMENTO: Son causas que inhabilitan para actuar con imparcialidad a los Juzgadores, Secretarios, Actuarios, Agentes del Ministerio Público, Defensores de Oficio y testigos de asistencia.
5. IMPUESTO: Es la obligación pecuniaria que el Estado en virtud de su poder de imperio exige a los ciudadanos, para la satisfacción de sus necesidades generales.
5. IMPUGNAR: Es una acción mediante la cual se pretende corregir actos y resoluciones judiciales, cuando a juicio del recurrente son deficientes, erróneas o ilegales.
5. INMUNIDAD: Privilegio acordado por la ley a ciertas personas.
6. INSOLVENCIA: Estado de una persona o de una empresa que, por tener más deudas que recursos, se halla en la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones.
6. JURISDICCION: Potestad que tienen los Jueces y Tribunales para administrar justicia, así como la extensión y limitaciones de esta potestad.
6. JURISTA: Persona que se ha consagrado al conocimiento del derecho o que lo practica. El que estudia o profesa la ciencia del derecho.
6. OBLIGACIONES: Relaciones jurídicas que se establecen entre dos personas por medio de cualquier tipo de contrato.
6. OLOGRAFO: Documento escrito en su totalidad por su autor.
6. PERJUICIO: Ganancia o utilidad que con razón era esperada y que por la acción de alguien ha dejado de obtenerse.
6. POSESIÓN: (Del latín: possessio-onis; del verbo possum potes, posse, potui: poder; para otros autores, del verbo sedere y del prefijo pos: sentarse con fuerza.).
6.  POTESTAD: Facultad de tomar una decisión.
6. PRORROGA: Aplazamiento de la realización de una diligencia o de un acto por una razón determinada.
6. SANCION: Pena o castigo aplicado al que desobedece una ley o comete un acto delictivo.
7. VETO: Facultad que las constituciones de algunos países conceden al Jefe del Ejecutivo para objetar una ley aprobada por el Congreso.