-Antecedentes
Historicos.
El derecho procesal nace al aparecer el
principio, en el cual es ilícito hacerse justicia por su propia mano, y que los
ciudadanos, deben someter sus conflictos al jefe del grupo social; noción que comienza
a desarrollarse cuando se acepta que la autoridad debe adaptarse a normas
previas para administrar justicia. El Derecho Procesal, tiene sus raíces en el
Derecho Romano, en el que se originan las mayorías de las instituciones que
conocemos. Algunas vienen del proceso romano-canónico que se gestó en la Edad
Media. La Revolución Francesa trajo importantes modificaciones a este proceso
intermedio, en materia tanto civil como penal, producto de lo cual son los
Códigos franceses del proceso civil de 1806 y del proceso penal de 1808, que
constituyen los más importantes modelos de los Códigos contemporáneos.
Los pueblos primitivos.
La evolución Histórica de la teoría general del Derecho
Procesal, así pues empezaría a formarse en el Periodo Primitivo. Esta periodo
abarca desde los tiempos más remotos conocidos, hasta el siglo XI de la era
cristiana. Durante las etapas primitivas de los pueblos, en todas las
manifestaciones culturales, en el arte, en la religión, en la ciencia
embrionaria, en la moral o en el derecho, sucede un fenómeno de paralelismo, es
decir, se presentan rasgos similares de evolución. Así, en cualquier comunidad
primitiva observamos que la administración de justicia está en manos de un
jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y que la solución de los litigios
tendrá características místicas o mágicas religiosas.
Grecia antigua encontramos Igualmente nociones sobre la Justicia En la antigua Grecia se
impartía justicia en varios tribunales: el tribunal del Areópago, el de los 51
Efetas, el del Pritaneo, la Bulé e incluso en las propias asambleas. Aunque el
tribunal de justicia de la democracia ateniense era la Heliea que estaba
formado por 6000 miembros, distribuida en 600 miembros de cada una de las 10
tribus de Atenas .En ese sistema judicial no existían fiscales ni abogados, la
acusación y la defensa podía ser planteado por cualquier ciudadano sin ninguna
formación legal. Existía una casa o edificio donde residían los tribunales. La
oralidad en los procedimientos era una característica fundamental.
Roma
Hay dos características de este pueblo; es
decir, un pueblo jurista y guerrero, las que determinaron a las instituciones
romanas, que perfeccionadas y decantadas favorecieron la existencia de un
imperio de tan larga duración en la historia de la humanidad.
Las instituciones
romanas perduraron a través de los siglos y muchas de ellas siguen aún vivas,
no solamente en el campo del derecho, en cuanto a los aspectos de análisis
técnico de varias de son propias.
Imperio
Procedimiento extraordinario, el magistrado
conocía directamente el negocio y lo resolvía por si mismo, desaparece la
división de la instancia. A pesar de haber sido la antigua Roma la cuna de uno
de los grandes sistemas jurídicos del mundo occidental, no se hallan obras
específicas sobre Proceso, aunque si Jurídicas de Gran Valor en las que se
tratan obras procesales
Aquí las pretensiones y resistencias de los
litigantes se presentan ante el magistrado, funcionario público, que ya no
expide una formula sino que toma nota de la posición de cada parte, conduce el
proceso a través de sus pasos y dicta la resolución.
Las acciones de la ley son procedimientos
rigurosos enmarcados en cierto ritualismo muy vecino en la Ley de las Doce
Tablas. Un error en la palabra, en la actitud o en el gesto podrían determinar
que el pleito se perdiera. Es decir, hay un exceso rigorista y formalista en
estas primitivas acciones de ley. Las acciones de ley eran cinco formas de
actuación. Tres de ellas eran de carácter declarativo y las dos últimas de
carácter ejecutivo.
Proceso medieval
italiano
La jurisdicción esta en manos de los
funcionarios, los cuales se desarrolla la abogacía. El proceso comienza con una
citación con plazo hecha al demandado, plazo dentro del cual se presenta la
demanda. La característica principal del proceso medieval italiano es su
lentitud. Contra ella, desde la mitad del siglo XII se iniciaron reformas
conducentes a obtener una mayor rapidez en el procedimiento.
Antiguo
enjuiciamiento español
A partir de la invasión de los germanos
comienza la historia del procedimiento civil en la península. Código de Tolosa
redactado por Eurico 466 recopilación de las costumbres germanas, Breviario de
Aniano, un resumen de los códigos romanos gregoriano, hermogeniano, y teodosiano
Se presta mucha atención al estilo y a los
usos, predominando las opiniones de los juristas, incluidos en los procesos
legales, encontrándose un nacionalismo extremo, la mayoría de los autores
Importantes tienen la cualidad de prácticos en la abogacía y suelen escribir
sus obras en castellano y no en latín como entonces se usaba, eso fue
considerado como un gran avance.
La revolución
francesa y la codificación
La revolución francesa fue un movimiento
social, económico y de contenido filosófico y político de gran trascendencia
para toda la humanidad, pero de manera muy especial para Europa y para los
pueblos de las llamadas culturas occidentales. Represento el triunfo de la
burguesía sobre la nobleza y sobre el feudalismo y significo un paso más en la
lucha de clases.
Dicha filosofía se caracteriza por ser un
movimiento individualista de la clase burguesa en contra de la monarquía y de la
nobleza, pero de la burguesía como clase revolucionaria formada por los
habitantes de los pueblos, por los ciudadanos que rompen los moldes y
privilegios de la nobleza, de la monarquía y del absolutismo y pretenden
establecer una administración social que esté basada en la exaltación de la
libertad de los individuos Existia un principio para la actividad de las autoridades
y para los particulares.
Procesos
inquisitorial, dispositivo y publicista
Las tres etapas de evolución jurídica
ideológica del proceso son: Inquisitorial. Es característico de los
regímenes absolutistas. Dispositivo. Característico del liberalismo
individualista. Publicista. Característico de ciertas tendencias hacia
el socialismo-colectivismo. En general, el proceso inquisitorial entrañaba un
amplísimo poder de los órganos del estado y muy limitadas posibilidades de
actividad de los particulares frente al orden estatal.
Evolución de la
doctrina procesal y surgimiento de la corriente científica del proceso
La Teoría General del Proceso empezó a formarse
a partir del llamado “Procesalismo científico”. Sin embargo, antes de hablar de
ésta corriente del pensamiento jurídico-procesal, conoceremos brevemente las
siete distintas etapas o períodos por lo que ha atravesado, la evolución de la
doctrina del Derecho Procesal
Su enfoque pretendía ser rigurosamente
científico e integral respecto del fenómeno procesal, para analizar, sintetizar
y estructurar la construcción sistemática del mismo, así como su esencia y
finalidades. En un tercer período corresponde el nombre de práctica forense,
con el que se titularon frecuentemente los cursos y los libros sobre la
materia.
Esta tendencia se ocupa fundamentalmente de la organización
judicial, la competencia y el procedimiento. Su método consiste básicamente en
describir estos temas, siguiendo el orden y contenido de los códigos de
procedimientos, a la manera de la escuela de la exégesis.
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