miércoles, 2 de abril de 2014

UNIPAC -Derecho Romano / Derechos Reales

Derechos reales
1 ¿Qué se entiende por derecho de propiedad de acuerdo al derecho romano?
Aparece como el derecho real de contenido más amplio y es el único autónomo.
2 En un principio, ¿cuál fue la única propiedad reconocida por el derecho romano?
La única propiedad reconocida era el "dominium ex iure Quiritium”.
3 Sólo los inmuebles considerados res mancipi podían ser objeto de propiedad quintana? Si o no y explique qué son los bienes res mancipi
Si, Los bienes mancipi son aquellos fundos y las casas que estaban exentos de impuestos territoriales por estar en Italia o en tierras a las cuales había sido concedido el privilegio.
4 Señale 4 limitaciones legales de la propiedad
1.      la prohibición de cremar y enterrar los cadáveres dentro de los muros de la ciudad.
2.      la prohibición de retirar las vigas intercaladas en el edificio ajeno.
3.      la prohibición de demoler casas para vender los  materiales.
4.      la obligación de conceden el paso a través del fundo en el caso de estar inservible la vía pública.
5 En qué consiste la copropiedad
era una particular situación jurídica en la cual varias Personas, llamadas "socii o domini tenían en común la propiedad de una cosa.
6 Qué son las servidumbres y exponga sus características
Derechos reales sobre cosa ajena, consistentes en la sujeción permanente de un fundo, llamado sirviente, en beneficio de otro fundo, llamado dominante.
·         Eran consideradas inherentes a los fundos y de ellas inseparables
·         Cualquiera que fuese propietario del fundo dominante o del sirviente, era, en cuanto tal, titular o gravado de la servidumbre.
·         las servidumbres podían ser ejercidas sólo en los límites de la utilidad objetiva de éste.
·         Eran indivisibles, debían tener una causa perpetua y no podían estar constituidas para un tiempo determinado o bajo condición.
·         Su ejercicio debía ser posible, lo que a menudo exigía la contigüidad o la vecindad de los fundos

7 Cuales son los elementos del usufructo
·         por legado
·         por adjudicación
·         por usucapión y,
·         especialmente por “traditio o por simple convención.
8 Explique la prenda y la hipoteca
La prenda y la hipoteca tenían en común la función de asegurar, mediante la pre-constitución de un derecho real sobre la cosa del deudor.


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